Una sentencia pionera permite desahuciar a una inquilina en A Coruña tras cinco años sin pagar alquiler

La inquilina no pagaba el alquiler pero no podía ser desahuciada al declararse en una situación de exclusión social que ya no lo es
La propietaria, Pilar Pérez, junto a su abogado, Xaime da Pena | APROVIJ
La propietaria, Pilar Pérez, junto a su abogado, Xaime da Pena | APROVIJ

Un juzgado de A Coruña ha dictado una sentencia pionera en materia de vivienda: la eumesa Pilar Pérez podrá recuperar un piso alquilado desde 2019 cuya inquilina se negaba a pagar la renta. La propietaria, que se refiere a ella como «inquiokupa», presentó una demanda exigiendo su desalojo, pero este no fue posible al declararse en situación de exclusión social.

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de la ciudad, presidido por el juez decano Luis Pérez Merino, ha declarado extinguido el contrato de arrendamiento y ha ordenado el desahucio de la inquilina en el plazo legal previsto. Además, impone a la demandada el pago de 1.890,06 euros en concepto de rentas impagadas correspondientes a los últimos meses de 2020, así como una deuda total acumulada que supera los 22.000 euros.

La inquilina, quien convivía con su hija menor, alegó una situación de exclusión social como causa de fuerza mayor, amparándose en el Real Decreto-ley 11/2020, que suspendía los desahucios durante la pandemia. Según declaró, no contaba con empleo estable ni ingresos regulares, y su único sustento era la renta de inclusión social autonómica. No obstante, la parte demandante, representada por el abogado Xaime da Pena del despacho dP Abogados Consultores, logró acreditar que esa situación de exclusión había cambiado y que la arrendataria había rechazado varias alternativas habitacionales ofrecidas por los Servicios Sociales.

El juez concluye que la medida de protección extraordinaria ya no era aplicable y destaca que la suspensión del desahucio desde marzo de 2021 se mantuvo gracias a una valoración inicial de vulnerabilidad que dejó de ser válida posteriormente.

Pilar, miembro de la asociación de propietarios Aprovij, celebra que esta sentencia pueda sentar «un precedente en la defensa de los derechos de los arrendadores». Su objetivo ahora es recuperar el acceso a su vivienda: el lanzamiento judicial, según prevé, podría ejecutarse en un plazo de dos meses.

Ambas partes disponen de un plazo de veinte días para presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial da Coruña.

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