Varapalo del Constitucional a la Xunta: admite un recurso contra su normativa eólica y de dependencia

La decisión implica la suspensión inmediata de la reforma que conectaba dependencia y discapacidad y de la normativa sobre la repotenciación de parques eólicos
Tribunal Constitucional archivo

El Tribunal Constitucional (TC) ha asestado un duro revés a la Xunta de Galicia al admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central contra varios artículos clave de la ley de medidas fiscales y administrativas vinculada a los presupuestos autonómicos. La decisión implica la suspensión inmediata de la normativa gallega sobre energía eólica y de la reforma que conectaba dependencia y discapacidad, a la espera de una resolución definitiva.

La medida afecta, en concreto, a varios apartados del artículo 30, que regulaban el sector eólico —incluida la repotenciación de parques—, y al artículo 45, relativo a la denominada “pasarela” entre dependencia y discapacidad. La suspensión tiene efectos desde el momento en que se interpuso el recurso, el 30 de septiembre de 2025, y será aplicable a terceros tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Choque competencial entre Estado y Xunta

El Ejecutivo central sostiene que los preceptos impugnados invaden competencias exclusivas del Estado, especialmente en ámbitos como la planificación general de la actividad económica, la autorización de instalaciones eléctricas, el transporte de energía y el régimen energético. En el caso del eólico, el Gobierno considera que la regulación gallega entra en conflicto con la normativa básica estatal del sector eléctrico.

Uno de los puntos más controvertidos es la obligación impuesta por la Xunta a las empresas eléctricas de repotenciar los parques eólicos tras 25 años, lo que implicaba sustituir aerogeneradores por otros de mayor potencia, limitar plazos de ejecución y fijar condiciones específicas que, según el recurso, no se ajustan al marco estatal. También se cuestiona que Galicia pretendiese aplicar de forma directa una directiva europea sin una transposición previa por parte del Estado.

Dependencia y discapacidad, también en el punto de mira

El Constitucional también ha paralizado el artículo que permitía reconocer automáticamente un grado de discapacidad a las personas con dependencia, sin necesidad de iniciar un procedimiento adicional. Esta vía, impulsada por la Xunta para agilizar trámites, establecía una equivalencia directa entre los distintos grados de dependencia y porcentajes de discapacidad.

El Gobierno central entiende que esta regulación afecta al régimen económico de derechos básicos, competencia estatal, mientras que el Ejecutivo gallego defiende que se trata de una medida de simplificación administrativa para reducir esperas y acelerar el acceso a ayudas sociales.

Reacciones del Gobierno gallego

Desde la Xunta, la respuesta ha sido inmediata. La conselleira de Economía, María Jesús Lorenzana, ha acusado al Gobierno de Pedro Sánchez de frenar una norma que buscaba reducir el número de aerogeneradores en Galicia y abaratar el precio de la electricidad para los consumidores gallegos. A su juicio, la suspensión provocará el efecto contrario: más molinos y una factura eléctrica más elevada.

Por su parte, la conselleira de Política Social, Fabiola García, ha lamentado lo que considera un “boicot” al plan de choque autonómico en dependencia y discapacidad, que —según datos de la Xunta— permitió resolver decenas de miles de expedientes en el último año y reducir los tiempos de espera.

La admisión a trámite del recurso no prejuzga el fallo final del Tribunal Constitucional, pero deja en suspenso dos de las principales apuestas normativas del Gobierno gallego en materia energética y social. Mientras tanto, el enfrentamiento político entre Xunta y Ejecutivo central se intensifica, con acusaciones cruzadas sobre el impacto real de la medida en el territorio, la factura eléctrica y la atención a las personas dependientes.

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