La edil de Gobernanza, Paula Alvarellos, presentó esta mañana los principales cambios que recogerán las Ordenanzas en 2022. Estarán basados en la congelación de los impuestos y de todas las tasas, de manera que las modificaciones obedecen, en la mayoría de los casos, “a variaciones semánticas en la redacción de los preceptos, justificados en la necesidad de adecuarlas, en algunos de ellos, al actual marco normativo”.
De este modo, la revisión efectuada este año afectará, entre otras a la Ordenanza Fiscal General, que incorporará cambios relativos, fundamentalmente, a regular a relación entre administrado y Administración en lo que tiene que ver con la tramitación electrónica y con la incorporación de los documentos que resultan necesarios para abordar diferentes procedimientos.
Mientras que en la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por el Servicio Municipal de Suministro de Agua Potable a Domicilio, “y con el objetivo de ampliar información a las y a los usuarios, se clarifican los casos por los que se rige el consumo estimado en el caso de inexistencia de lectura del contador”.
Mayor alcance tuvo la revisión efectuada a la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por la Prestación del Servicio de Mercado, en la que “la principal novedad es que pasa a contemplarse la utilización de las instalaciones para la realización de actividades culturales, sociales, deportivas, así como sus tarifas correspondientes, al tiempo que se realizan puntualizaciones sobre los costes que incluye la tasa y sus exenciones”.
Paula Alvarellos refirió igualmente que, con vistas al próximo curso escolar 2022 – 2023, la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por la Prestación de Servicios en las Escuelas Infantiles contemplará la gratuidad de la escolarización para los hijos y sucesivos. “En este caso, además, se matizan con mayor detalle los conceptos relativos al importe de los ingresos totales de la unidad familiar y de la cuota a abonar”.
La responsable del área económica destacó, por otra parte, la modificación de las Ordennanzas Fiscales Reguladoras de las Tasas por Aprovechamientos Especiales de la Vía Pública (152) y con Entradas de Vehículos y Reservas de la Vía Pública (153).
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