La Audiencia de A Coruña rechaza rebajar tres condenas por la ley del “sólo sí es sí”

Los tres casos de abusos sexuales a menores no se han revisado, ya que el nuevo marco legal supondría aumentar las penas de prisión

Imagen de archivo de la sede de la Audiencia Provincial de A Coruña.

La Audiencia Provincial de A Coruña ha rechazado rebajar las condenas a tres hombres condenados por abusar sexualmente de menores de edad, ya que la nueva ley del “sólo sí es sí” no es más beneficiosa para el reo, sino que es más perjudicial y supondría incrementar sus penas.

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha rechazado rebajar la pena de cinco años de cárcel impuesta al autor de un delito de abuso sexual, pues asegura que el nuevo marco legal “no solo no es más beneficioso, sino que es más perjudicial”. El tribunal, por lo tanto, rechaza la revisión de la condena interesada por el condenado por abusar sexualmente de una menor que se encontraba bajo los efectos del alcohol en un descampado.

La misma sección primera  también ha denegado la revisión de la pena, en aplicación de la LO 10/22, de cinco años de cárcel impuesta a un abuelo por abusar de forma continuada de su nieta, menor de edad.

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, también entiende que no cabe la revisión de la pena de tres años y cinco meses de prisión impuesta al autor de dos delitos de abusos sexuales, uno de ellos continuado y sobre menor de edad. En este caso, los magistrados también destacan que no procede la revisión porque “la nueva regulación no resulta más favorable, sino, al contrario, las conductas estarían más gravemente sancionadas”. Contra los tres autos cabe presentar recurso.

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