El Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha condenado a un hombre a seis meses de prisión y a un año de privación del permiso de conducir por negarse a realizar las pruebas de alcoholemia. Sin embargo, el juez lo ha absuelto del delito de conducir bajo los efectos del alcohol, al no existir pruebas objetivas que demostraran que había superado los límites legales o que su capacidad para conducir estuviera afectada.
Los hechos ocurrieron en la madrugada del 22 de septiembre de 2024, cuando el acusado, al volante de un Aston Martin, estacionó de forma irregular en una zona peatonal de la ciudad. Una patrulla de la Policía Nacional, que realizaba vigilancia en el lugar, detectó que el vehículo estaba vinculado a una resolución administrativa de pérdida de vigencia del permiso de conducir, aunque no quedó acreditado que el conductor fuera consciente de esta medida. Además, ante la hora y el lugar, los agentes sospecharon que el coche podría estar implicado en actividades ilícitas y decidieron seguirlo, interceptándolo poco después en la ronda de Outeiro.
En el momento de la detención, los agentes apreciaron «una serie de signos externos de haber consumido bebidas alcohólicas», lo que les llevó a requerir la intervención de la Policía Local para realizar las pruebas pertinentes. Sin embargo, el conductor «se negó reiteradamente», a pesar de ser advertido de las responsabilidades penales que esa actitud podía acarrear.
En su sentencia, el juez explica que la negativa a someterse a las pruebas «se consumó en el mismo instante en que, de manera obstinada, el acusado rehusó efectuarlas». Sobre la acusación de conducir bajo los efectos del alcohol, el magistrado señala que, aunque algunos signos «son consecuencia de la ingesta etílica, se desconoce en qué cantidad tuvo lugar». Además, destaca que «no todo consumo de alcohol es incompatible con la conducción» y recuerda que los agentes no observaron ninguna irregularidad en los 50 metros que pudieron seguir al vehículo.