El Juzgado de Primera Instancia número 12 de A Coruña ha emitido un fallo exonerando el 100% de una deuda de unos 84.000 euros a un vecino de la ciudad, que acumuló 31 obligaciones con diferentes entidades, incluidas las que tenía con la Agencia Tributaria. Así lo informa la Asociación de Ayuda al Endeudamiento y recoge el auto, aplicando, explica la entidad, la conocida Ley de la Segunda Oportunidad.
El hombre, un trabajador por cuenta ajena que disponía de una nómina estable, vio reducidos sus ingresos por una reducción de su jornada laboral. Entonces, decidió solicitar microcréditos para no generar impagos sobre préstamos personales, aumentando la deuda.
Desde la Asociación que le asesoró aseguran que “la condición de insolvente era notoria desde que sus ingresos cambiaron”, mientras recuerda que para cumplir los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad se debe demostrar la insolvencia del interesado, no haber estado en concurso los últimos cinco años, no haberse exonerado en los últimos diez y carecer de delitos de orden socioeconómico.
Al hombre, se le concedió el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho —previsto para casos de deudor de buena fe—, según recoge el auto, que precisa que no hubo en el procedimiento oposición a ello. Además, sostiene que concurren los requisitos “objetivos” y “subjetivos”. También declara la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa.