La Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a un hombre a 14 años y medio de cárcel como culpable de un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años y de otros dos de maltrato en el ámbito familiar. Los hechos se produjeron en la localidad mariñense de Foz, donde se le acusaba de violar a su hija todas las semanas, desde que ella tenía nueve años hasta que cumplió los 17.
Además, se le impone una orden de alejamiento de más 200 metros de la víctima durante 19 años y le prohíbe cualquier tipo de comunicación con ella durante ese mismo periodo de tiempo y ha sido inhabilitado para cualquier actividad que implique contacto regular con menores de edad.
Los magistrados entienden acreditado que el procesado comenzó a cometer los hechos en el año 2015, por los cuales se le impuso una pena de seis meses de prisión. El tribunal también le ha ordenado pagar una indemnización de 30.000 euros a la víctima por los daños físicos y psicológicos sufridos.
Por otro lado, la pareja del condenado y madrastra de la víctima, también estaba acusada de consentir los abusos. A ella se le solicitó una pena de 12 años de prisión, sin embargo, la mujer fue absuelta durante el juicio, al no considerarse probada su implicación en los hechos.
El testimonio de la víctima
La joven relató en su declaración que, cuando tenía menos de 13 años, su padre le realizaba tocamientos en sus partes íntimas. A partir de esa edad, el abuso sexual se consumó en múltiples ocasiones, llegando a producirse varias veces a la semana. En una de estas ocasiones, la mujer del acusado sorprendió a la pareja en el acto y amenazó al hombre con romper la relación si no cesaba en su comportamiento.
Alegó también la acusación que el padre le pegó en varias ocasiones, tanto a ella, como al resto de los hijos de ambos, y que tuvo que ser atendida de las lesiones resultantes de esos malos tratos, poniendo como ejemplo cuando la empujó contra un cristal que se rompió. Afirmó también que la mujer era conocedora de los malos tratos, que presenció en varias ocasiones y que no los denunció antes porque estaba amenazada por el padre.
El fallo de los magistrados
Los magistrados han considerado acreditadas las agresiones sexuales desde los 9 años de edad, y han destacado que estos abusos se repetían «todas las semanas, varios días, y se producían en el salón de la vivienda donde residían o en la habitación de la menor, de noche, mientras el resto de la familia dormía, o de día, principalmente cando se encontraban solos en la vivienda». El tribunal resalta que en el testimonio de la víctima no hay indicios de invención ni exageración, destacando que la declaración fue coherente y persistente.
Los jueces también subrayan que no percibe en el testimonio de la víctima «asomo ni atisbo alguno de invención, de exageración ni de fabulación, sino una declaración persistente en el relato de la experiencia sufrida». Además, apuntan que no encontraron motivos espurios ni razones para dudar de la veracidad del testimonio. En este sentido, recalcan que existen factores de corroboración que refuerzan el relato de la menor.
La sentencia rebaja la pena solicitada por el fiscal, de 15 a 14 años de prisión, y reduce la indemnización que la acusación particular pedía, pasando de 50.000 euros a 30.000. La sentencia no es firme, ya que el condenado tiene la opción de presentar recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).