Viveiro lleva al Tribunal Superior de Xustiza la negativa a la subvención del fondo de compensación ambiental

Ya se había presentado recurso de reposición por la inadmisión de la subvención, al que no recibieron contestación, entendiéndose desestimado por silencio negativo
El concello de Viveiro
El concello de Viveiro

El Ayuntamiento de Viveiro informa que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia admitió a trámite el recurso contencioso administrativo interpuesto por este ayuntamiento contra la resolución dictada por la Xunta de Galicia en el procedimiento tramitado para la solicitud de la subvención en régimen de concurrencia no competitiva correspondiente al Fondo de Compensación Ambiental 2022.

Hace falta recordar que en 2021 el Ayuntamiento de Viveiro solicitó esta subvención para ejecutar las obras de “Reposición de pavimentos, red de sumideros y red de abastecimiento de agua en aceras sitas en Magazos-Viveiro” y que las ayudas del Fondo de Compensación Ambiental, financiado con los ingresos obtenidos en el canon eólico, cuentan con una línea de concurrencia no competitiva en la que se contemplan las cantidades concretas que por este concepto le corresponden a cada Ayuntamiento.

Se trata de una subvención concedida por la Xunta de Galicia en la que se establecen las cantidades máximas asignadas a cada uno de los ayuntamientos beneficiados, cantidades que están definidas en la orden en la que se regulan las bases y convocatoria. Se trata, por lo tanto, de un importe finalista y que le corresponde al Ayuntamiento de Viveiro.

En el momento en el que llegó la resolución de inadmisión, el Ayuntamiento de Viveiro convocó una reunión con los portavoces de los distintos grupos municipales y en la que también estuvieron presentes los técnicos municipales, para explicar la situación y como se había realizado la tramitación. En esa reunión, también se valoró la posibilidad de solicitar a la Xunta de Galicia que esa cantidad, puesto que se trata de una subvención finalista, en la que estaba previsto un dinero específico para el ayuntamiento de Viveiro, volviera a repercutir en este ayuntamiento, según la posibilidad que se recoge en las bases.

Teniendo en cuenta que no se contaba con garantías de que pudiera repercutir ese dinero en Viveiro, con el acuerdo de los portavoces municipales, se decidió presentar recurso de reposición contra la inadmisión de la subvención. No se recibió contestación al recurso interpuesto en el plazo legal estipulado, entendiéndose desestimado por silencio negativo, sin que la Xunta de Galicia se dignase a responder.

Finalmente, se convocó una nueva reunión de portavoces para valorar la situación y por parte de todos los portavoces municipales, excepto el del PP, que fue el único que no se manifestó abiertamente, sin oponerse pero manteniéndose neutral, se acordó la interposición de recurso contencioso administrativo en el juzgado.

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