Por su parte, la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, también ha mantenido la condena de cuatro años de prisión impuesta al autor de un delito de abuso sexual con penetración.
El tribunal ha explicado que el marco penal aplicable era de cuatro a diez años de prisión y, en la actualidad, ha subrayado que esa conducta está tipificada como agresión sexual, por lo que, al haber consistido en acceso carnal, está castigada específicamente con una pena de cuatro a doce años de cárcel.
«El nuevo marco legal no sólo no es más beneficioso, sino que es más perjudicial, por lo que es imposible la revisión de condena pretendida», han destacado los jueces en la sentencia.