El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rebajado a 2.100 euros la multa de 3.150 euros impuesta por la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, a un hombre que “le puso las manos a la altura de la cintura para bajarle el pantalón corto de pijama que vestía” a una mujer que le había permitido pernoctar en su vivienda.
La Sala de lo Civil y Penal discrepa de la sentencia de primera instancia porque entiende que el relato de los hechos probados “resulta insuficiente para apreciar un delito consumado” de abuso sexual, por lo que concluye que es “más acorde con el mismo su catalogación como tentativa”. Por ello, ha rebajado la multa impuesta por la Audiencia Provincial de A Coruña al acusado.
El tribunal considera probado que el sospechoso entró en la habitación de la víctima y, aprovechando que dormía, intentó abusar sexualmente de ella. En ese momento, según la resolución, entró en la habitación, para saludarla, una chica que también residía en el inmueble, quien gritó al ver lo que ocurría y despertó a la afectada, por lo que el condenado se apartó de ella.
“No tiene ninguna explicación, que no sea la que establece la sentencia, de la presencia en la cama de la víctima, que se encontraba durmiendo bajo el efecto de pastillas”, subraya la Sala, al tiempo que indica que “el contexto, la posición y el tipo de acción estaba claramente preordenado al ataque a la libertad sexual”.
Condena a la víctima
El TSXG ha confirmado la condena a la víctima, por un delito de lesiones, a pagar una multa de 900 euros, pues no ha apreciado ningún error en la valoración de la prueba realizada por el tribunal de primera instancia, que explica en el fallo que la mujer le gritó al agresor que se fuera del piso y, mientras bajaba hacia la calle por las escaleras, lo golpeó en la cara con un bastón que había en la vivienda, de aluminio o similar, de los usados para pasear.
Además, “quien era o había sido” su pareja, según la resolución, tuvo un altercado con el condenado dos días después en la calle, durante el cual “lo golpeó varias veces en la cara”. Por ello, el tribunal de primera instancia le impuso una multa de 900 euros, una pena que también ha confirmado la Sala de lo Civil y Penal.
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