El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Xeal contra la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que anuló el expediente de regulación de empleo temporal (ERTE) por causas organizativas que impuso “de manera unilateral” la empresa entre abril y junio de 2020.
De ello informa la CIG, que apunta que con esta resolución, que agota la vía judicial, el Supremo “ratifica” lo que la central nacionalista mantuvo “durante toda la negociación”: “que no existían causas organizativas y que lo único que buscaba la empresa era aprovecharse de la pandemia para ahorrar dinero y avanzar en el plan de recorte de la producción”.
El ERTE estuvo vigente entre el 21 de abril y el 3 de julio de 2020 y afectó a 213 trabajadores de las fábricas de Cee y Dumbría y de las centrales hidroeléctricas y a otras 18 personas de operaciones y mantenimiento, según los datos de la central.
El auto del Supremo, destaca, “constata la mala fe de la empresa durante todo el periodo de consultas al no facilitar toda la documentación requerida por la parte social para el desarrollo de las negociaciones, llegando incluso a ocultar información de relevancia”.
La CIG recuerda que “no hubo en ninguna otra industria electrointensiva un ERTE por causa de la pandemia, ya que el sector tuvo la consideración de esencial y se mantuvieron a pleno rendimiento aprovechando el bajo precio de la energía”.
Esta notificación llega a las puertas del inicio del calendario de movilizaciones que acordó la asamblea de trabajadores para exigir a la empresa un plan industrial y de viabilidad de las fábricas. La primera tendrá lugar este jueves en Santiago con una manifestación a las 11:00 horas desde la Xunta y hasta Augas de Galicia.