El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado las autorizaciones concedidas por la Xunta de Galicia al parque eólico A Ruña III, promovido en el municipio coruñés de Mazaricos, al considerar que el estudio ambiental del proyecto fue incompleto.
La decisión, notificada este martes, es la primera que dicta el alto tribunal gallego tras la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la tramitación de los parques eólicos en Galicia.
Los jueces entienden que la declaración de impacto ambiental aprobada para A Ruña III solo tuvo en cuenta el propio parque, cuando debía haberse realizado una evaluación global que incluyera también la línea eléctrica de evacuación.
El TSXG subraya que ambas instalaciones forman parte del mismo sistema, ya que el parque “ no sólo se configura como una instalación que produce energía eléctrica, sino que también la almacena y transporta hasta la red”. También advierte la falta de un análisis suficiente sobre las posibles afecciones a espacios de la Red Natura 2000, cercanos a la zona de implantación.
El proyecto, impulsado por Eurus Desarrollos Renovables, fue uno de los que originó la consulta del TSXG al TJUE, que hace unas semanas respaldó parcialmente la posición de la Xunta al aclarar que los Estados no están obligados a abrir nuevas fases de participación pública tras los informes sectoriales.
No obstante, el tribunal gallego ha decidido ahora entrar en el fondo del litigio y resolver sobre la legalidad de las autorizaciones, dando la razón a la asociación ecologista Petón do Lobo, promotora del recurso.
La resolución todavía no es firme, por lo que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
