Endesa, sancionada a pagar 1,8 millones de euros por el episodio de turbidez en el Eume

La empresa deberá abonar los costes de la obra de la potabilizadora de Pontedeume y dos multas

Durante el pasado mes de octubre la turbidez del río impidió su consumo en Pontedeume | COLECTIVO TERRA

Augas de Galicia ha trasladado a Endesa la imposición de dos sanciones por el episodio de turbidez generado en el río Eume el año pasado. También se demanda de la empresa que asuma el coste de las obras que se acometieron en la potabilizadora de Pontedeume para garantizar el abastecimiento de agua a la población. En total, el importe asciende a 1.882.284 euros.

Son dos sanciones por incumplimiento muy grave. Una por la desatención al requerimiento notificado el 8 de agosto desde Augas de Galicia, en el que se le requirió a la entidad explotadora para que cumpliera con el régimen de explotación habitual manteniendo la cuota mínima de explotación en 306 metros sobre el nivel del mar, garantizando en todo caso el mantenimiento del caudal ecológico.

Endesa Generación SL desatendió el requerimiento debidamente notificado, continuando con el proceso de descenso de cuota no autorizado hasta el 28 de agosto, momento en el que se constató la aparición de turbidez en el embalse. Así, se le ha impuesto la sanción prevista en la Ley de Augas de Galicia en su cuantía máxima, de 600.000 euros.

Durante el pasado mes de octubre la turbidez del río impidió su consumo en Pontedeume | COLECTIVO TERRA

La segunda sanción se da porque Endesa modificó supuestamente el régimen de explotación del embalse sin autorización administrativa. Incumplió así su deber como titular de la presa. En este caso, se tuvo en cuenta el atenuante la empresa está tramitando la autorización administrativa de las normas de explotación del embalse del Eume y que los controles llevados a cabo en su Plan de Vigilancia Ambiental del proceso de descenso sirvieron para detectar la turbidez e interrumpir el descenso programado. Por estas razones procede imponer la sanción prevista en su cuantía mínima, 350.000 euros.

Además la ley de Aguas contempla que con independencia de las sanciones que se impongan, podrá exigirse a las personas infractoras la reparación de los daños y perjuicios ocasionados al dominio público, así como la reposición de las cosas a su estado anterior y cuando esto no había sido posible, se fijarán las indemnizaciones que procedan.

Estos daños están valorados en 932.284,45 euros que se corresponden con las actuaciones que tuvo que realizar la administración para garantizar el servicio de abastecimiento y para realizar el correcto seguimiento ambiental.

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