El Ministerio de Transición Ecológica, a través de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, publicó ayer en el BOE la concesión de la declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación de la planta de regasificación de GNL de REGANOSA en Mugardos (A Coruña)».
De este modo la empresa da cumplimiento a la sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo del 16 de julio de 2019, que estableció que la planta debía ser sometida a un procedimiento de evaluación ambiental sustitutivo y que anulaba el acuerdo del Consejo de Ministros, de 27 de mayo de 2016, que declaró el proyecto excluido del trámite.
«Considerando que la fase de construcción finalizó en 2007 y que según la información obrante en el expediente no se detectaron impactos significativos carece de sentido establecer medidas compensatorias al respecto. Por otro lado, sí que se establecen medidas preventivas, correctoras y compensatorias para la fase de funcionamiento y desmantelamiento, que sin lugar a dudas sirven para paliar los posibles impactos residuales que pudieran existir en la actualidad derivados de la fase de obras», detalla el BOE fechado esta semana.
De este modo, la empresa deberá implementar esta declaración de impacto ambiental en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales.