El Sergas, condenado por no proteger la salud mental y física de pediatras y médicos de primaria

El Supremo considera probado que Sergas y Consellería vulneran lossus derechos laborales al no evaluar adecuadamente la carga de trabajo de los profesionales sanitarios
Imagen de archivo de una sanitaria en el CHUAC | XUNTA DE GALICIA
Imagen de archivo de una sanitaria en el CHUAC | XUNTA DE GALICIA

El Tribunal Supremo ha confirmado de forma firme la condena al Servizo Galego de Saúde (Sergas) por vulnerar los derechos laborales de los médicos de Atención Primaria y pediatras tras una demanda presentada por la organización sindical Médicos de Galicia independientes (O’Mega). Con esta resolución, el alto tribunal ratifica la sentencia dictada en noviembre de 2022 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), desestimando los recursos presentados tanto por el Sergas como por la propia organización sindical.

La sentencia del TSXG, ahora respaldada por el Supremo, concluyó que tanto el Sergas como la Consellería de Sanidade incumplieron de forma sistemática sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales, al no llevar a cabo una adecuada evaluación de la carga de trabajo ni una valoración específica de los riesgos psicosociales que afectan a los médicos de familia y pediatras del sistema público gallego. En palabras del tribunal gallego, estos incumplimientos suponen una “vulneración de los derechos fundamentales a la integridad física y a la salud” del personal sanitario.

En consecuencia, el fallo condena al Sergas y a la Consellería a «estar y pasar por tal declaración» y les obliga a ejecutar de forma inmediata la evaluación de riesgos laborales preceptiva, incluyendo específicamente la valoración psicosocial de dichos puestos de trabajo, una de las principales reclamaciones del colectivo médico. Esta obligación adquiere especial relevancia en el contexto posterior a la pandemia de la covid-19, que agravó las condiciones laborales del personal sanitario y expuso más claramente los déficits estructurales del sistema.

Rechazo a los recursos presentados

El Tribunal Supremo ha rechazado en su totalidad el recurso de casación presentado por el Sergas, que alegaba, entre otras cuestiones, que la jurisdicción social no era competente para conocer del caso y que el procedimiento utilizado era inadecuado. También pedía la revisión de los hechos probados y del derecho aplicado en la sentencia de instancia. Sin embargo, el Supremo desestimó todos estos argumentos, validando plenamente las conclusiones del TSXG.

Uno de los puntos más controvertidos del recurso del Sergas consistía en intentar añadir como hecho probado que el 99,3% de los puestos de trabajo de médicos de familia y pediatras habían sido evaluados por personal técnico en prevención de riesgos laborales, incluyendo los factores psicosociales. El Supremo desechó esta pretensión por basarse en un informe unilateral elaborado por la propia Directora de Recursos Humanos del Sergas, al considerar que no aportaba prueba suficiente y que ya había sido valorado y descartado por el tribunal de instancia.

Por su parte, también fue rechazado el recurso presentado por O’Mega, que buscaba una condena más amplia y pretendía que el tribunal fijara un número máximo de pacientes por jornada laboral y un tiempo mínimo de atención por consulta médica. El Supremo coincide con el TSXG al señalar que esta pretensión excedía el objeto del procedimiento judicial y debía abordarse dentro del marco normativo y organizativo establecido por la administración autonómica. Actualmente, la normativa gallega establece un máximo de entre 32 y 40 «huecos» por jornada, según los criterios de calidad asistencial vigentes.

Un fallo con implicaciones para toda la sanidad pública

La resolución del Supremo supone un importante respaldo a las reclamaciones del colectivo médico y sienta un precedente relevante en cuanto a las condiciones de trabajo del personal sanitario en el sistema público. Si bien no se impone una sanción económica, el fallo reconoce la existencia de una vulneración de derechos fundamentales, lo que refuerza el deber de las administraciones de cumplir con sus obligaciones legales en prevención de riesgos laborales.

Desde el sindicato O’Mega han valorado positivamente la confirmación de la condena, subrayando que la sentencia obliga al Sergas a adoptar medidas concretas e inmediatas para proteger la salud física y mental de los médicos de Atención Primaria y pediatras. Asimismo, consideran que este fallo refuerza la necesidad de seguir exigiendo mejores condiciones laborales, reducción de la sobrecarga asistencial y respeto a los tiempos de atención adecuados para una medicina de calidad.

Por su parte, la administración sanitaria gallega deberá ahora dar cumplimiento efectivo a las medidas dictadas por el Tribunal Supremo y revisar sus políticas de evaluación de riesgos laborales, especialmente en lo que respecta al impacto psicosocial del trabajo en la Atención Primaria, uno de los niveles asistenciales más tensionados del sistema.

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