El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena al Servizo Galego de Saúde (Sergas) por no diagnosticar a tiempo una grave lesión medular en un niño de apenas año y medio, lo que derivó en una paraplejia irreversible. La sentencia impone una indemnización de 1,23 millones de euros —a los que se sumarán intereses legales acumulados desde el inicio del proceso judicial— por negligencia médica, lo que podría elevar la cifra final a alrededor de 1,4 millones, según estimaciones de la familia.
El caso se remonta a julio de 2019, cuando el menor sufrió una caída desde un muro de metro y medio en un parque cercano a Vigo. A consecuencia del accidente, se fracturó tres vértebras y desarrolló un hematoma epidural, que estuvo presionando su médula espinal durante más de dos días. Sin embargo, en dos ingresos consecutivos en el Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo, los facultativos no detectaron las fracturas ni el hematoma, a pesar de que las pruebas radiológicas ya ofrecían indicios visibles de la lesión.
El fallo del TSXG, fechado el pasado 30 de junio, rechaza los recursos presentados tanto por el Sergas como por su aseguradora, XL Insurance (grupo AXA), y confirma la sentencia previa del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santiago. Los magistrados concluyen que hubo una clara infracción de la lex artis, es decir, que la actuación médica se apartó de los estándares exigibles de buena práctica profesional.
Durante el proceso, varios peritos, incluidos algunos propuestos por la propia aseguradora, coincidieron en que las fracturas eran perceptibles desde el primer TAC practicado en urgencias. Según la sentencia, si se hubiese prolongado el ingreso inicial y se le hubiera realizado una resonancia magnética, se habría detectado el hematoma a tiempo y podría haberse aplicado un tratamiento quirúrgico descompresivo urgente que habría evitado la paraplejia.
En cambio, el niño fue dado de alta prematuramente y solo días después, ya con signos claros de deterioro neurológico —como debilidad en las piernas e incapacidad para orinar—, se le practicó finalmente una resonancia que reveló la magnitud de la lesión. Ya era tarde: la presión sobre la médula había causado daños irreversibles.
Tras dos intervenciones quirúrgicas y un largo ingreso en el Hospital Nacional de Parapléjicos de Toledo, el niño, que hoy tiene siete años, se desplaza en silla de ruedas, requiere asistencia permanente y tiene reconocido un grado de discapacidad del 83%. La sentencia reconoce que no podrá valerse por sí mismo ni desarrollar una vida laboral en el futuro.
La administración sanitaria gallega intentó inicialmente rechazar la reclamación en vía administrativa alegando que había sido presentada fuera de plazo, argumento que tampoco ha prosperado en los tribunales. El TSXG considera que el plazo de prescripción no comenzó hasta que se conocieron con certeza las secuelas, lo que no ocurrió hasta el alta hospitalaria del menor en marzo de 2020.