Vilalba multará con 250 euros a quien no recoja la caca de su perro

También habrá sanciones de hasta 150 euros para quien salga con su perro sin bolsas y líquido desinfectante
Imagen de archivo de una mujer recogiendo los excrementos de su perro | CEDIDA
Imagen de archivo de una mujer recogiendo los excrementos de su perro | CEDIDA

Los dueños de perros tendrán que tener más cuidado cuando paseen a sus perros: no recoger sus excrementos puede acarrear una sanción de 250 euros y habrá multas de hasta 150 euros si no se llevan bolsas para recogida o la botella desinfectante para minimizar el efecto del orín en el mobiliario urbano.

El Concello de Vilalba ha aprobado en pleno una modificación parcial de la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano, que incluye nuevas normas que afectan a la recogida de los excrementos de los animales.

Luis Fernández, concelleiro de Medio Ambiente, sostiene que «el último objetivo es sancionar, ojalá no sean necesarias las multas, pero debemos concienciarnos sobre la necesidad de vivir en un ayuntamiento limpio, ordenado y sostenible».

El texto recuerda que “la persona que lleva el animal está obligada a recoger y retirar los excrementos y a la limpieza de la parte de la vía pública afectada, por lo que deberá llevar obligatoriamente unas bolsas para la recogida y limpieza de las heces y una botella con producto desinfectante-desodorante para minimizar los efectos de las micciones de los perros”.

Además, los dueños deberán procurar que los orines no se produzcan sobre el mobiliario urbano, edificios y vehículos, intentando que se realicen junto a los bordes de las aceras y lo más próximo posible a las alcantarillas o a zonas que no sean de juego o tránsito de peatones.

No recoger los excrementos supondrá una sanción de 250 euros, y habrá también sanciones de 150 euros si no se muestran, a requerimiento de la Policía Local, las bolsas para la recogida o la botella desinfectante para minimizar el efecto de las micciones.

La ordenanza prohíbe también alimentar a animales vagabundos o extraviados sin contar con autorización municipal o exhibir animales de compañía destinados a la venta en escaparates o como reclamo comercial, en ambos casos con sanciones de 500 euros.

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