Un buen termómetro de la intensidad con la que se está viviendo la precampaña electoral gallega podría ser un trabajo que está teniendo la Junta Electoral cuatro semanas después de la convocatoria electoral y cuando aún faltan tres para el día de la votación. La intensidad y la urgencia de los partidos por colocar sus mensajes en apenas dos meses, ha llevado a todos ellos a bordear la legalidad vigente respecto a las normativas electorales. Fue el Partido Popular el que abrió la veda el pasado 8 de enero con una denuncia contra el BNG alegando el uso indebido de redes sociales para difundir mensajes que, según el PP, buscaban influir en la opinión pública en contra de su partido. La Junta Electoral, tras examinar el contenido de las publicaciones del BNG, decidió archivar la denuncia. La resolución se basó en la interpretación de que el contenido compartido por el BNG formaba parte de su actividad política habitual y no constituía una infracción de las normas electorales.
La Junta Electoral Gallega concluyó que el viaje del ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente, a Vigo en AVE junto a los Reyes Magos el 5 de enero infringió la ley electoral por contener mensajes electoralistas. Esta decisión, basada en una denuncia del PP, señala que la presencia de autoridades y el candidato del PSdeG, José Ramón Gómez Besteiro, en la estación, junto con las declaraciones elogiosas hechas por Puente y el alcalde de Vigo, Abel Caballero, violaban los principios de neutralidad y de igualdad electoral. Sin embargo, la Junta decidió no abrir expedientes sancionadores contra ellos tras evaluar todas las circunstancias.
Unos días más tarde, el 15 de enero, fue el PSdeG el que denunció al PP por una campaña publicitaria en espacios públicos. La denuncia se centró en el contenido de los carteles, que el PSdeG consideró como ataques directos contra la oposición. En estos carteles se podían leer mensajes como ‘Si crees que la carta a los Reyes de los niños es demasiado larga, imagina como será la de Puigdemont’ y ‘Si en la familia os lleváis como PSOE, Sumar, Podemos, IU, BNG y Anova, recordad que en las fiestas no es obligatorio hablar de política’. La Junta Electoral, tras evaluar el caso, determinó que los carteles debían ser retirados, ya que violaban las normas que rigen la propaganda electoral en periodo de precampaña.
Tan solo un día después la Junta Electoral tuvo que pronunciarse por otra denuncia del PSdeG, esta vez relacionada con un vídeo del PP en redes sociales. Fundamentaba su petición con la transcripción del texto de un vídeo publicado en redes sociales por los populares entre las que se incluían frases como: «Tienen diferentes S.I.G.L.A.S., pero detrás de ellas está el mismo ruido y Pedro Sánchez», «pero el 18 de febrero escoge confianza, ¡confía en la Galicia que no para!», así como el uso del logotipo de la Xunta de Galicia. Los socialistas, entre otros argumentos, incidían en que ‘Galicia non para!’ es uno de los lemas utilizados por el PPdeG en la precampaña de cara al 18F, por lo que entendía que la publicación supone «una clara infracción de la prohibición de llevar a cabo campaña electoral en un periodo temporal expresamente prohibido».
La Junta Electoral considera que «se pretende camuflar como un anuncio informativo y de promoción del derecho al sufragio» al difundir el procedimiento de solicitud de voto por correo una publicación en la que se incluyen frases «que tienen un claro carácter electoralista, lo que junto con el lema y siglas empleadas por el PP, unido a la imagen de la Xunta, fácilmente permite asociar visualmente ambos elementos». El PSdeG argumentó que el vídeo, aunque presentado como informativo, incluía mensajes con un sesgo electoralista a favor del PP. La Junta Electoral, tras revisar el contenido, ordenó la retirada del vídeo, considerando que excedía el marco de la comunicación neutral permitida antes del inicio oficial de la campaña electoral.
Sin embargo, esa misma semana la Junta Electoral decidió archivar una denuncia presentada por el BNG el 11 de enero. La denuncia se dirigía contra la Secretaría Xeral de Emigración de la Xunta y el PP por la difusión de publicidad electoral en el perfil oficial de Instagram de la Secretaría. El BNG fundamentó su queja en la promoción de becas para másteres dirigidas a jóvenes en el exterior, tanto en la web institucional como en redes sociales. Las publicaciones incluían imágenes, una de las cuales mostraba al presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, con jóvenes, promocionando las becas. El BNG consideró que esto infringía la normativa electoral.
Tras recibir la denuncia, la Xunta de Galicia retiró las imágenes cuestionadas de sus redes sociales y de la página web de la Secretaría Xeral de Emigración. La Junta Electoral evaluó los anuncios como parte de una campaña informativa y no contrarios a la legislación electoral. Sin embargo, señaló que la inclusión de la foto de Rueda era innecesaria para el objetivo de difundir la convocatoria de becas. Dado que la Xunta retiró voluntariamente las fotos controvertidas tras conocer la denuncia, la Junta Electoral decidió no tomar medidas adicionales y procedió con el archivo de la denuncia.
El 22 de enero el PPdeG presentó una denuncia contra el BNG por el uso de pancartas que comparaban a líderes de ambos partidos. La Junta Electoral examinó las pancartas y determinó que algunas de ellas tenían un propósito claramente electoral y debían ser retiradas. Otras pancartas, sin embargo, fueron consideradas como parte de la comunicación política normal y se permitió su permanencia.
En esa misma jornada se resolvieron otras dos denuncias de los socialistas contra el PPdeG relacionadas con actos de la Xunta en Ferrol y A Coruña. La Junta Electoral decidió archivar ambas denuncias, concluyendo que los actos no constituían una infracción de las normas electorales y se enmarcaban dentro del funcionamiento normal de los servicios públicos. Sin embargo, el PSdG recurrió y la Junta Electoral ordenó a la Xunta retirar información sobre el convenio «Abrir Ferrol al Mar» de su página web, tras resolver una denuncia del PSdeG. La denuncia argumentaba que el contenido violaba la neutralidad requerida durante el período electoral. La Junta consideró que la cobertura del convenio, incluyendo la participación del presidente de la Xunta y candidato del PP, sobrepasaba los límites de la información administrativa objetiva, inclinándose hacia la promoción electoralista. Esta decisión se alinea con la doctrina de mantener neutralidad en contenidos de páginas web públicas durante períodos electorales.