El Tribunal Supremo ha confirmado de manera unánime la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña que declara que el Pazo de Meirás es propiedad del Estado. La decisión implica que los hermanos Martínez-Bordiú Franco, nietos de Francisco Franco, deben devolver la posesión del histórico inmueble.
El fallo establece que los Martínez-Bordiú actuaron de buena fe, por lo que tienen derecho a recibir indemnización por los gastos necesarios y útiles que realizaron durante los años que ocuparon el Pazo, según lo previsto en el Código Civil.
El tribunal examinó los recursos de ambas partes, pero mantuvo los argumentos de la Audiencia Provincial. Se determinó que desde 1938 el Pazo estuvo destinado al servicio de la jefatura del Estado, de manera similar al Palacio del Pardo, por lo que los herederos de Franco no pudieron poseerlo como propietarios. Además, los títulos jurídicos originales que se habían usado para justificar la propiedad —por donación y compraventa— eran nulos.
El Supremo también descartó la posibilidad de que los herederos adquirieran el inmueble por prescripción adquisitiva o usucapión, ya que no ha transcurrido el plazo legal de 30 años desde que dejó de prestarse servicio público, y porque no existió una desafectación tácita que lo convirtiera en un bien privado.
Respecto a los recursos de la Abogacía del Estado y otras administraciones, el Tribunal recordó que la demanda reconocía expresamente la buena fe de los herederos y su derecho a indemnización, por lo que no podía modificarse posteriormente para negar esos derechos, evitando así una situación de indefensión.
Con esta resolución, el Estado recupera formalmente el Pazo de Meirás, un inmueble emblemático ligado al régimen franquista, poniendo fin a un largo proceso judicial iniciado para recuperar la propiedad de un patrimonio histórico considerado de dominio público.
