La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a trece años y medio de prisión a J.C.M.A., un exmiembro de una congregación de los Testigos de Jehová en Vigo, al considerarlo autor de tres delitos de agresión sexual cometidos contra dos menores de 15 años. Las víctimas habían coincidido con el acusado en el entorno de dicha comunidad religiosa.
Según recoge la sentencia, el acusado mantenía una relación cercana con la familia de una de las menores, lo que facilitó el contacto con ella. El tribunal considera probado que el hombre le manifestaba de forma reiterada su interés sexual y trataba de ganarse su confianza mediante regalos.
En este contexto, se produjo un primer episodio de tocamientos en el interior de un vehículo, en una fecha no concretada.
Encuentros en aparcamientos y agresiones
Los hechos más graves ocurrieron a principios de abril de 2023, cuando el acusado se citó con las dos menores en su coche, estacionado en una zona apartada del aparcamiento de un centro comercial de Vigo. Allí, realizó tocamientos a ambas jóvenes y, además, a una de ellas le introdujo los dedos en la vagina. También la obligó a masturbarle a cambio de dinero.
Días después, el hombre volvió a quedar con una de las menores en el aparcamiento del hospital Álvaro Cunqueiro, donde se repitió la conducta de índole sexual, nuevamente bajo compensación económica.
Credibilidad de las víctimas y pruebas
El tribunal subraya la consistencia y firmeza de los testimonios de las menores, que relataron los hechos con claridad y sin contradicciones. La Audiencia considera que no existen motivos espurios en sus declaraciones.
Además, los relatos se vieron reforzados por distintas pruebas, entre las que destacan mensajes de WhatsApp, informes forenses y testimonios de terceros.
Por su parte, el acusado negó los hechos durante el juicio y sostuvo que se trataba de un intento de chantaje por parte de las menores. Sin embargo, la Sala concluye que existe prueba suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia.
Penas adicionales e indemnizaciones
Además de la pena de prisión, la sentencia impone al condenado la inhabilitación para ejercer la patria potestad o tutela durante 12 años, la prohibición de desempeñar trabajos con menores durante 18 años, once años de libertad vigilada tras el cumplimiento de la condena y una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con las víctimas
En concepto de responsabilidad civil, deberá abonar 4.000 euros a una de las menores y 10.000 euros a la otra. La resolución no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
