Condenan a 11 años de cárcel a un hombre por agredir sexualmente a su pareja en A Coruña

La víctima se negó a mantener relaciones sexuales con él en el domicilio común, lo que el Tribunal ha considerado un agravante, aparte del de parentesco
La Audiencia Provincial de A Coruña
La Audiencia Provincial de A Coruña

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha sentenciado a 11 años y tres meses de prisión a un hombre por un delito de agresión sexual, con las agravantes de parentesco y de género, y otro delito de maltrato de género, con la agravante de haberse cometido en el domicilio común.

Una vez que la sentencia sea definitiva, cumplirá las penas de prisión impuestas de manera efectiva hasta un máximo de seis años, tras los cuales será expulsado del territorio nacional y se le prohibirá regresar a España durante diez años desde la fecha de la expulsión, según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en base al fallo judicial.

El tribunal considera probado que el 14 de agosto de 2020, cuando su compañera sentimental regresó al piso que compartían, en A Coruña, le propuso mantener relaciones sexuales, a lo que ella se negó. La Sala afrima que ante la respuesta dada por la víctima «la introdujo a la fuerza en la habitación, le asestó varios puñetazos, la lanzó contra el armario y le tapó la boca para evitar que gritase, al tiempo que lanzó el teléfono móvil al suelo para evitar que pidiera ayuda».

Posteriormente, la tiró a la fuerza sobre la cama y la agredió sexualmente. Los magistrados del caso relatan en la sentencia que las carencias probatorias de la narración de la víctima y la versión negatoria del sospechoso «se ven respectivamente completadas y superadas por la prueba practicada en relación con este hecho».

De esta forma, hacen referencia a los resultados de las pruebas biológicas; a la descripción en los diferentes informes médicos de la naturaleza y ubicación de las lesiones que presentaba la denunciante; a la descripción de la habitación en la que tuvo lugar la agresión, con el mobiliario descolocado y roto y a la declaración de los agentes del Cuerpo Nacional de Policía a los que la mujer se dirigió cuando llegó a la calle.

«Todo esto conforma un escenario probatorio de un contenido y potencia que otorga un absoluto respaldo a la petición de condena en relación con el delito de agresión sexual», destaca la Sala. La sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso ante el TSXG.

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