Los asesinos de Samuel Luiz pedirán rebajas de condena porque «no había intención de matar»

El TSXG acoge la vista de apelación, donde las defensas no pedirán la nulidad de la sentencia ni la repetición del juicio, pero sí la revisión de penas y la aplicación de atenuantes
El acusado Diego M.M en el juicio que se celebra por la paliza mortal a Samuel Luiz | EUROPA PRESS
El acusado Diego M.M en el juicio que se celebra por la paliza mortal a Samuel Luiz | EUROPA PRESS

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) celebra este lunes, 28 de abril, la vista de apelación solicitada por las defensas de los cuatro jóvenes condenados en relación con la agresión mortal a Samuel Luiz, ocurrida en la madrugada del 3 de julio de 2021 en el paseo marítimo de A Coruña. Los recursos presentados buscan la revisión de las penas, aunque no solicitan la nulidad de la sentencia ni la repetición del juicio.

Así lo ha confirmado el propio TSXG, después de que la Audiencia Provincial de A Coruña, que emitió el fallo condenatorio para cuatro de los cinco jóvenes juzgados en base al veredicto del Tribunal del Jurado, cerrase el plazo para la presentación de recursos. De este modo, las defensas personadas plantean su apelación exclusivamente en cuanto a la valoración de las pruebas y las penas impuestas.

En los escritos presentados, las defensas insisten en distintos argumentos para solicitar la rebaja de las condenas. En algunos casos, como el de Diego Montaña —considerado quien inició la agresión al pensar erróneamente que Samuel Luiz lo estaba grabando mientras realizaba una videollamada—, se rechaza que existiera intención de matar, o se cuestiona el grado de participación que se le atribuye. Además, varias defensas apuntan a que no se habrían tenido en cuenta atenuantes como el consumo de alcohol y drogas en el momento de los hechos.

Condenas que suman más de 74 años de prisión

El juicio concluyó con penas que en conjunto suman 74 años y medio de cárcel. El Tribunal del Jurado consideró a tres de los jóvenes coautores del asesinato y a un cuarto como cómplice. Asimismo, se estableció que uno de ellos también fue autor del robo del teléfono móvil de la víctima, cometido con violencia y sin posibilidad de defensa por parte de Samuel Luiz.

De los cinco jóvenes inicialmente acusados, la única mujer, Katy Silva, fue declarada no culpable. En cuanto a las penas, Diego Montaña fue condenado a 24 años de prisión. El tribunal aplicó la agravante de discriminación por motivos de orientación sexual, pero no la de ensañamiento, motivo por el cual no se le impuso la pena máxima de 25 años.

Por su parte, Alejandro Freire fue sentenciado a 20 años de cárcel. En su caso, al no concurrir circunstancias agravantes ni atenuantes, la pena se fijó en la mitad inferior del marco punitivo previsto, que oscila entre los 15 y los 20 años de prisión. La misma circunstancia se aplicó a Kaio Amaral, aunque en su caso la condena ascendió a 20 años y medio: 17 años por asesinato y tres años y medio más por el robo con violencia del teléfono móvil de la víctima. La magistrada consideró que su participación en el asesinato fue de menor entidad que la de Diego Montaña y Alejandro Freire.

Finalmente, Alejandro Míguez fue condenado a 10 años de prisión como cómplice de asesinato, imponiéndose la pena inferior en grado, que abarca entre 7 años y medio y 15 años de cárcel.

La sesión de apelación de este lunes será clave para definir si las penas impuestas se mantienen o se ven modificadas en función de los argumentos de las defensas. La revisión no afectará al fondo del fallo, dado que no se solicita la repetición del juicio, pero sí podría tener impacto en la duración de las condenas en uno de los casos más mediáticos de los últimos años en España.

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