La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a tres personas a un año y tres meses de prisión por un delito de violencia habitual contra cuatro menores en Santiago de Compostela. Entre los condenados se encuentra la madre de los niños, que además no podrá ejercer la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento durante tres años.
Los hechos se produjeron entre marzo de 2015 y octubre de 2018, en el domicilio en el que convivían los cuatro hermanos con su madre, un hombre y otra mujer. Según considera probado la sentencia, los tres adultos sometieron a los menores de forma continuada a diferentes episodios de violencia física y psicológica, además de imponerles castigos y desatender sus necesidades básicas.
Golpes, encierros y castigos
El tribunal señala que los menores eran sometidos a un ambiente que llegaba a atemorizarlos. Entre las conductas descritas en el fallo figuran golpes con las manos y con objetos como cinturones, así como encierros en sus habitaciones.
Los castigos incluían también obligarlos a permanecer de pie en el pasillo durante parte de la noche, además de insultos y otras formas de violencia psicológica. La sentencia recoge igualmente que los niños no recibían de forma adecuada la atención necesaria para cubrir sus necesidades básicas y que faltaban con frecuencia al colegio.
El fallo sitúa además el contexto de convivencia en un entorno marcado por el consumo de drogas por parte de la madre y uno de los otros adultos que residían en la vivienda.
El testimonio de los cuatro hermanos
La Audiencia Provincial fundamenta principalmente su decisión en las declaraciones prestadas por los cuatro hermanos. El tribunal considera que sus relatos presentan un elevado grado de coincidencia y persistencia y que resultan coherentes tanto con el contexto en el que vivían como con la situación de desamparo en la que se encontraban.
Además de la pena de prisión, la madre ha sido condenada a tres años de inhabilitación para ejercer funciones relacionadas con la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento.
No obstante, la Sala ha absuelto a los tres acusados de los delitos sexuales, de elaboración de material pornográfico, de amenazas y de abandono de familia que también se les atribuían, al considerar que no existían pruebas suficientes para sustentar esas acusaciones.
La resolución no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).