Adif anuncia que recurrirá la sentencia del accidente del Alvia en Santiago cuando se le notifique “formalmente”

La jueza condena a indemnizar con más de 25 millones de euros a las víctimas, con responsabilidad civil a las aseguradoras de los organismos públicos Renfe y Adif

Vista general de la primera jornada del juicio por el accidente del Alvia en 2022 | EP

El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), entidad adscrita al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, ha avanzado su intención de recurrir la sentencia hecha pública hoy por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, tras su análisis cuando se le notifique “formalmente”.

Así lo han señalado fuentes de ente ferroviario tras trascender el fallo judicial por el accidente ferroviario ocurrido en la parroquia de Angrois, en Santiago de Compostela, el 24 de julio de 2013. Un siniestro que causó 80 muertos y más de 140 heridos.

Este viernes, día 26 de julio —un día antes de cumplirse un año desde la finalización del juicio y dos días después del 11 aniversario del siniestro—, se ha conocido la sentencia de más de 500 folios a través de la que el Juzgado de lo Penal número 2 de Santiago de Compostela ha condenado a dos años y medio de prisión tanto al maquinista, Francisco Garzón, como al exjefe de Seguridad en la Circulación de Adif, Andrés Cortabitarte, por el descarrilamiento del tren Alvia ocurrido en la curva de Angrois.

Al respecto, estas fuentes de Adif han incidido en que no ha sido notitificada formalmente a la compañía y que, una vez recibida, “se analizarán los fundamentos jurídicos y el fallo con la intención de recurrirla”.

En concreto, en el fallo, la jueza Elena Fernández Currás ha considerado probado que ambos son responsables de 79 delitos de homicidio y de 143 de lesiones por imprudencia grave. Además, quedan inhabilitados para el ejercicio de sus profesiones durante cuatro años y medio y deben indemnizar con más de 25 millones de euros a las víctimas, con responsabilidad civil directa de QBE y Allianz Global, aseguradoras de los organismos públicos Renfe y Adif.

El extenso fallo, de más de 500 páginas, que puede ser apelado ante la Audiencia de A Coruña, confirma que el Alvia llegó a la curva de A Grandeira a 191 kilómetros por hora, superando los 176 kilómetros por hora necesarios para evitar un descarrilamiento. Esta velocidad excesiva se debió a varios factores. Además de la distracción causada por una llamada de 100 segundos, se constató que no había ningún mecanismo en la vía que protegiera al tren en caso de que el maquinista no respetara el límite de velocidad de 80 kilómetros por hora.

Por lo tanto, tanto Garzón como Cortabitarte incumplieron “el deber de cuidado” que sus cargos exigían. Sus acciones, según se resalta, condujeron a un aumento indebido del riesgo de un accidente que debían haber evitado y estaban en posición de prevenir.

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