El juicio por la muerte de Samuel Luiz, el joven de 24 años que falleció durante la madrugada del 3 de julio de 2021 tras ser agredido en el paseo marítimo de A Coruña, ha quedado aplazado hasta octubre, según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). Aplazamiento que se produce a petición de uno de los abogados de la defensa, que ha solicitado la suspensión por tener previamente señalado en esas mismas fechas un juicio con Tribunal del Jurado en causa con preso en Madrid. Por ese motivo, la magistrada presidenta ha acordado que el juicio se celebre entre el 16 de octubre y el 18 de noviembre en la Audiencia Provincial de A Coruña, en vez de comenzar el 13 de septiembre, como estaba previsto. El 15 de octubre se realizará la selección del jurado popular.
En concreto, serán 87 cuestiones a las que deberán dar respuesta, a las que se suman otras siete sobre el grado de ejecución del delito y la participación de los cinco acusados. La magistrada presidenta también detalló, en un auto, que el jurado popular decidirá si los hechos descritos constituyen un delito de asesinato, además de un posible delito de robo con violencia por la presunta sustracción del móvil de la víctima que se atribuyó en la investigación a uno de los acusados.
En cuanto a las circunstancias agravantes, precisa que se determinará si dos de los acusados (D.M.M. y C.S.B.) ejecutaron los hechos relatados “por causa de su animadversión hacia la orientación sexual homosexual que le atribuyeron a la víctima”.
Como eximentes y/o atenuantes, la magistrada presidenta señala que ha de establecerse, a través de las pruebas presentadas en la vista, si tres de los procesados, debido a la previa ingesta de bebidas alcohólicas o de drogas, se encontraban en estado de intoxicación, dando lugar “a alguna situación de alteración, disminución o eliminación de su capacidad para formar su voluntad y comprender el alcance de sus actos”.
Pruebas no incluidas
En el auto emitido con anterioridad a la nueva fecha del juicio, la magistrada decretó que procede admitir las pruebas propuestas por las partes en sus respectivos escritos de acusación y defensa, a excepción de los informes policiales de visionado de imágenes y de la llamada infografía forense con el correspondiente reportaje videográfico, tal y como decretó el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
Además, de conformidad con lo peticionado por sus defensas, ha accedido a que los acusados D.M.M., C.S.B., A.F.G. y K.A.S.C. declaren en último lugar, tras concluir el resto de la práctica de la prueba, y a que el acusado A.M.R. declare al principio.
Tres personas en prisión
La magistrada presidenta también decidió mantener la medida cautelar de prisión provisional, comunicada y sin fianza, impuesta a D.M.M., A.F.G. y a K.A.S.C. Otros dos, entre ellas la mujer, se encuentran en libertad con obligación de comparecencias ante el juzgado.
Asimismo, procedió a ordenar las citaciones de las partes, peritos y testigos y el libramiento de los exhortos, despachos y mandamientos, así como la organización del traslado de los acusados desde el centro penitenciario en donde se encuentran ingresados para su asistencia al juicio.