La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a dos años de cárcel al sobrino de una mujer, que fue declarada incapaz, por apropiarse de parte del dinero que le consignaron como tutor.
El tribunal, que lo ha considerado responsable de un delito continuado de apropiación indebida, también le ha impuesto el pago de una indemnización de 25.770 euros por los daños y perjuicios causados a la mujer a la que la tía del acusado había instituido única heredera.
En la sentencia, concluye que “la única interpretación lógica del conjunto de la prueba practicada” es que el condenado, “aprovechando las facultades derivadas del ejercicio del cargo de tutor para el que fue designado”, destinó las cantidades que se le consignaron “a su propio interés”.
Así, explica en la resolución que, al ser nombrado tutor de su tía “entró en la gestión de sus bienes, que eran lógicamente ajenos, concretamente en la administración de una cantidad de dinero, con una finalidad precisa, procurar el interés de la persona discapacitada”.
Además, subraya que el acusado sabía, tal y como declaró en el juicio, “cuáles eran las funciones derivadas del cargo que asumía”.
Sin embargo, lo que hizo, según la Sala, fue, “sin justificación alguna, destinar una parte importante del dinero a su propio beneficio, a atender gastos personales o, como poco, diferentes de los debidos, y de manera definitiva”.
Hechos probados
Los magistrados señalan en el fallo que la tía del condenado mantenía el dinero derivado de sus ahorros en dos cuentas, en una de las cuales figuraba como cotitular la mujer que convivía con ella y se ocupaba de su cuidado.
A mediados de 2003, debido a su estado de salud, la tía del ahora condenado ingresó en una residencia de Toledo, tras lo cual fue incapacitada por sentencia en abril de 2004, para lo cual tomó posesión del cargo de tutor para el que había sido designado su sobrino.
Su tía había otorgado testamento el 15 de noviembre de 2001, en el que fijaba como única heredera a la mujer que se había ocupado de su cuidado.
El 11 de junio de 2004, ejerciendo ya como tutor, el acusado formalizó, según consta en el apartado de hechos probados de la sentencia, una cuenta de ahorro a nombre de su tía incapaz en una oficina bancaria de A Coruña. En esa cuenta reunió el dinero depositado en las otras dos cuentas de la misma titularidad existentes con anterioridad.
Así, ordenó el ingreso, en la nueva cuenta, de los 7.243 euros que existían en una de las anteriores y de los 60.089 euros que había en la otra.
El tribunal indica que entre el 23 de junio y el 23 de octubre de 2004, retiró de la nueva cuenta hasta 25.770 euros, “dinero que utilizó en su propio provecho”.
El 13 de agosto de ese año hizo dos reintegros en efectivo de 10.000 euros cada uno, las otras disposiciones, veinte más, realizadas directamente en caja o a través de cajero, oscilaron entre los 50 y los 600 euros, según la Audiencia. Su tía falleció en de enero de 2007 y, en esa fecha, en la cuenta restaban 3.231 euros.
“El acusado siguió haciendo disposiciones para atender algunos gastos propios hasta que en el siguiente mes de junio quedó a cero, siendo liquidada el 29 de junio de 2007”, recalcan los jueces, quienes afirman que parte de ese dinero lo empleó para sufragar los gastos de un viaje determinado por el fallecimiento de su tía. Contra la resolución cabe presentar recurso.
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