La devolución de los peajes cobrados durante las obras de ampliación del puente de Rande en la AP-9 se complica para los conductores afectados. Un juzgado de Pontevedra ha rechazado la petición presentada por la asociación de consumidores En Colectivo para ejecutar de forma masiva la sentencia que obliga a Audasa a devolver parte de las cantidades cobradas entre 2015 y 2018.
La resolución judicial recuerda que los usuarios deberán demostrar individualmente que circularon por la autopista gallega durante alguna de las incidencias de tráfico reconocidas en la sentencia, además de acreditar el importe pagado y el trayecto realizado.
La justicia dice «no» a las devoluciones automáticas
El conflicto se remonta a las obras de ampliación del puente de Rande, un periodo marcado por importantes retenciones y problemas de circulación mientras la concesionaria mantenía el cobro íntegro del peaje. En 2020, un juzgado mercantil de Pontevedra consideró abusiva esa práctica y años después el Tribunal Supremo confirmó la condena contra Audasa, obligando a devolver el dinero cobrado durante 81 incidencias graves registradas por la DGT.
Sin embargo, el nuevo auto judicial aclara que la sentencia no implica devoluciones automáticas para todos los conductores afectados. El magistrado sostiene que quienes no figuren directamente en el procedimiento original deberán iniciar previamente un trámite para ser reconocidos como beneficiarios de la condena.
La asociación En Colectivo había solicitado la ejecución de la sentencia en nombre de 14 usuarios, pero el tribunal entiende que no existe todavía base legal suficiente para ordenar el pago sin ese reconocimiento previo. Además, señala que no se aportó toda la documentación necesaria para acreditar cada caso concreto.
Pruebas individuales para reclamar los peajes
Para reclamar las devoluciones, los afectados tendrán que presentar justificantes como tickets, extractos bancarios o cualquier prueba que permita demostrar que utilizaron la AP-9 en los tramos y horarios afectados por las retenciones derivadas de las obras.
Audasa, por su parte, mantiene que no conserva ya muchos de los datos necesarios para identificar automáticamente a los conductores afectados, como matrículas, medios de pago o grabaciones del tráfico de aquellos años, debido a los plazos legales de conservación de información.
Pese al rechazo de esta ejecución colectiva, la vía para reclamar sigue abierta. El juzgado recuerda que los usuarios aún pueden solicitar individualmente el reconocimiento como beneficiarios de la sentencia y reclamar posteriormente el reembolso correspondiente. La decisión, además, puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Pontevedra.


